Según el artículo 10, apartado 3, de la normativa de evaluación de los aprendizajes aprobada en Consejo de Gobierno el 24 de marzo de 2011 y modificada en Consejo de Gobierno de 5 de mayo de 2016:"Para acogerse a la evaluación final, el estudiante tendrá que solicitarlo por escrito al decano o director de centro en las dos primeras semanas de impartición de la asignatura, explicando las razones que le impiden seguir el sistema de evaluación continua. En el caso de aquellos estudiantes que por razones justificadas no tengan formalizada su matrícula en la fecha de inicio del curso o del periodo de impartición de la asignatura, el plazo indicado comenzará a computar desde su incorporación a la titulación. El decano o director de centro deberá valorar las circunstancias alegadas por el estudiante y tomar una decisión motivada. Transcurridos 15 días hábiles sin que el estudiante haya recibido respuesta expresa por escrito a su solicitud, se entenderá que ha sido estimada".
Tras las dos primeras semanas, en las que se recogerán todas las solicitudes, se empezarán a computar los 15 días hábiles para la notificación de las resoluciones.
Datos personales y domicilio a efectos de notificaciones
Es imprescindible la cumplimentación de todos datos para tramitar la solicitud.
Datos relativos a la solicitud:
A) Asignaturas solicitadas
Debe indicar el código y nombre de la/s asignatura/s y tutor para las que renuncia al proceso de evaluación continua.
B) Razones para renunciar al proceso de evaluación continua
Según el artículo 10, apartado 2, de la normativa reguladora de los procesos de evaluación de los aprendizajes aprobada en Consejo de Gobierno el 24 de marzo de 2011: “Entre otras, son causas que permiten acogerse a la evaluación final, sin perjuicio de que tengan que ser valoradas en cada caso concreto, la realización de prácticas presenciales, las obligaciones laborales, las obligaciones familiares, los motivos de salud y la discapacidad”. Seleccione en la solicitud todas las que considere oportunas, en caso de seleccionar otras, es necesario especificar la causa.
Documentos que ha de aportar:
Se deben aportar todos los documentos que se consideren oportunos y que justifiquen debidamente las razones por las que el alumno renuncia al proceso de evaluación continua.
No se atenderá ninguna solicitud que no esté debidamente justificada.
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